Dacion en Pago Segunda parte
IMPLICACIONES FISCALES.- La dación en pago acepta bienes muebles o bienes inmuebles, o ambas a la vez, en este caso nos ocuparemos de aquellos contratos de dación en pago que implican bienes inmuebles, y que por efecto del Artículo 14, fracción I del Código Fiscal de la Federación, se tipifica como enajenación de bienes, ya que dicho contrato implica que el deudor en afán de extinguir su obligación, transmite la propiedad al acreedor, para dejar satisfecho su interés, esto in
Dacion en Pago Primera parte
La dación en pago es una forma de extinguir las obligaciones, y se presenta cuando el deudor con el consentimiento del acreedor, le entrega a éste una cosa distinta de la debida, quien la acepta con todos los efectos legales del pago. Tal definición encuentra sustento en el Artículo 2095 del Código Civil Federal, texto que dispone: CODIGO CIVIL FEDERAL Artículo 2095.- La obligación queda extinguida cuando el acreedor recibe en pago una cosa distinta en lugar de la debida. De
Adjudicaciones por Remate Judicial Ultima Parte
CALCULO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR ADQUISICION DE BIENES Después de determinar el impuesto sobre la renta por enajenación de bienes causado por la adjudicación judicial de referencia, se procede al cálculo del impuesto sobre la renta por adquisición de bienes, de conformidad con el último párrafo del Artículo 213 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta: Avalúo pericial: $ 450
Adjudicaciones por Remate Judicial Parte 3
Por lo que para el cálculo de los impuestos correspondientes la fecha de enajenación se tomará desde el momento en que se finque el remate del bien, debiendo calcular recargos y actualización toda vez que la enajenación se efectúo desde el primero de diciembre de 2015 y la adjudicación judicial se protocoliza con fecha 18 de marzo de 2016. Es así, que al momento de calcular el impuesto sobre la renta por enajenación de bienes, tenemos los siguientes parámetros: FECHA DE ENAJE
Adjudicaciones por Remate Judicial Parte 2
De todo lo narrado anteriormente, el primer enigma por resolver lo constituye la cuestión fiscal, por lo que de origen tenemos el fundamento en la fracción II del Artículo 14 del Código Fiscal de la Federación, el cual dispone: Artículo 14.- Se entiende por enajenación de bienes: I. Toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado II. Las adjudicaciones, aun cuando se realicen a favor del acreedor. De conformidad con el prece
¿Sabes en que momento usar el complemento de Notarios Públicos en tus recibos CFDI para la venta y/
Autor: L.C.P. Jose luis Uriostegui Contacto: jlug_1882@hotmail.com A partir del mes de Mayo de 2014 el Complemento de Facturación Electrónica o CFDI para Notarios Públicos. Mediante este complemento incorporado a nuestra solución, los compradores de bienes inmuebles, ya sean personas físicas o profesionales en bienes raíces podrán cumplir con la obligación fiscal para la formalización de actos de compra y venta o enajenación de inmuebles incorporando los datos conte
Adjudicaciones por Remate Judicial Parte 1
PRACTICA COMUN.- En ocasiones, por razón de negocios, financieras, de liquidez, de inversión, de compra de bienes muebles o inmuebles, se recurre a la contratación de préstamos entre personas físicas, o con entidades que componen el sistema financiero, exhibiendo conjuntamente una garantía para respaldo del propio préstamo que se consigue, pactando obviamente un interés y un plazo determinado para su pago, suele suceder que por variaciones en las condiciones financieras o eco
Restricción de uso de efectivo y metales
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita establece en ciertos actos u operaciones la restricción de liquidar o pagar, así como de aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos. Los umbrales de restricción de uso de efectivo y metales son los siguientes: Actividad
Comentarios al Art. 126, Primer Parrafo de la Ley Del I.S.R., y Art. 200, Fracc. III Del Reglamento
Disponen los preceptos mencionados: LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 126. Los contribuyentes que obtengan ingresos por la enajenación de bienes inmuebles, efectuarán pago provisional por cada operación, aplicando la tarifa que se determine conforme al siguiente párrafo a la cantidad que se obtenga de dividir la ganancia entre el número de años transcurridos entre la fecha de adquisición y la de enajenación, sin exceder de 20 años. El resultado que se obtenga conforme
Declaraciones Anuales 2016
Estamos en Época de Declaraciones Anuales de Personas Físicas no olvidar solicitar al Fedatario su Retención por Concepto de ISR por Enajenación de Bienes del Ejercicio 2015 (En su Caso), y aquellos que obtuvieron Ingresos Exentos por Enajenación de Casa Habitación, no olvidar manifestar como tal en la Declaración Anual.