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¿Que es Sistema Cihuacoatl?


El SISTEMA CIHUACOATL es un software de cálculo de impuestos federales relacionados con la actividad notarial, específicamente los ingresos del Capítulo IV y Capítulo V, ambos del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como del Título V de esa misma Ley, y del Impuesto al Valor Agregado causado en la enajenación de construcciones adheridas al suelo, no destinadas a fines habitacionales, acorde con las disposiciones fiscales vigentes, es decir, el software referido es capaz de efectuar los cálculos siguientes:


  1. Impuesto sobre la Renta por Enajenación de Bienes.

  2. Impuesto sobre la Renta por Adquisición de Bienes.

  3. Impuesto al Valor Agregado causado en términos del Artículo 8º (Octavo) y 33 (Treinta y tres) de ese mismo ordenamiento.

  4. Impuesto sobre la Renta en términos del Título Quinto (V) de la propia Ley del Impuesto sobre la Renta, específicamente el Artículo 160 de ese mismo ordenamiento.


El Sistema está diseñado de tal manera que no es necesario la actualización manual de los índices nacionales de precios al consumidor (INPC), Unidades de Inversión (UDIS), Tabla correspondiente al Anexo 9 (Factor de Ajuste), y Tarifa del Anexo 8 a que se refiere la regla 3.15.4., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, por lo que el programa realiza la actualización automática de los datos, tablas y tarifas correspondientes, ya que el Sistema de referencia está vinculado con la página web www.sistemacihuacoatl.com que contiene la base de datos constituida para tal efecto, y que es sometida a las actualizaciones constantes de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.


En lo que respecta al Anexo 9 que contiene el Factor de Ajuste (actualización), el Sistema es capaz de efectuar la aplicación exacta de los parámetros contenidos en dicha tabla ya que reconoce el periodo cronológico de acuerdo con los estratos conformados por períodos en dicha tabla, estableciendo distinción entre los años exactos transcurridos y los que exceden dicha medida, asimismo, efectúa en forma automática una comparación de conveniencia entre aplicar el factor de actualización como resultado de la división de los índices nacionales de precios al consumidor o aplicar el factor contenido en el Anexo 9.


Otra de las novedades del Sistema es la automatización del cálculo de los ingresos parcialmente exentos, lo cual está íntimamente ligado con las Unidades de Inversión (UDIS), por lo que determina en automático el ingreso diferencial que es el excedente que será sometido al cálculo y determinación del ISR, y no sólo eso, también el Sistema es capaz de realizar el cálculo automático de las deducciones proporcionales en relación con el ingreso excedente, lo cual representa una gran ventaja, ya que no es necesario que el usuario realice dicha cálculo.


Cuenta también con un sistema de alerta para el usuario, con la finalidad de recordarle detalles importantes como el hecho de que con posterioridad al primero de mayo del año dos mil catorce es obligatorio contar con el CFDI para efectos de que el costo de adquisición del inmueble sea deducible, esto en términos de la legislación fiscal aplicable.


Para aquellas adquisiciones anteriores a 1993 el Sistema efectúa la conversión automática de las cifras, por lo que el usuario no tiene que preocuparse por realizar la conversión de las cifras, ajuste al 10% del monto de enajenación en caso de que la deducción sea inferior a dicho monto, efectúa la deducción del costo de construcción acorde a las disposiciones fiscales vigentes efectuando comparaciones que permiten que la citada deducción no sea inferior al 20% del costo inicial, asimismo, aplica el método tradicional 80-20, y permite al usuario modificar las proporciones de acuerdo con el criterio que el usuario pretenda aplicar.


En cuanto al cálculo del IVA se refiere, al Sistema se le alimenta manualmente con los datos correspondientes a la proporción representada en porcentaje de terreno y de construcción que al efecto se calcule de conformidad con el avalúo actual, llevando dicha comparación al valor real de enajenación, determinando con exactitud el IVA correspondiente a las construcciones destinadas a uso no habitacional.


Por último, el Sistema efectúa automáticamente el cálculo del valor referido en cuanto a construcciones se refiere, en una sola rutina, seleccionando en el módulo de cotización la opción de terreno y construcción adquiridos en diferentes fechas, y en el campo correspondiente al valor de la construcción el Sistema a través de una alerta al usuario cuestiona si se conoce o no el valor de la construcción, desplegando en esa misma rutina un sub-menú, solicitando teclear la fecha de avalúo y valor del mismo, efectuando automáticamente los cálculos de conformidad con la legislación fiscal aplicable, además, en esa misma rutina de cálculo cuestiona al usuario el criterio a considerar en caso de obtener por una parte utilidad y por la otra pérdida, permitiendo calcular el ISR de conformidad con el criterio seleccionado.


La interfaz es amigable, de fácil comprensión, intuitiva, y el resultado final se visualiza en un reporte con formato pdf, cuenta con un módulo previo de cotización, y un módulo posterior de escrituración, para efectos del llenado de los datos correspondientes al enajenante, visualizando un reporte con la leyenda impresa relativa con la obligación de entregar al contribuyente la información relativa a la determinación del cálculo del ISR contenida en la Ley respectiva y las disposiciones fiscales contenidas en la regla de resolución miscelánea vigente.


Si requiere más detalles favor de consultar la página www.sistemacihuacoatl.com o enviar sus preguntas y consultas en relación con el funcionamiento del sistema al correo electronico sistemcoatl@hotmail.com.

Nota: Este sistema de cálculo no efectúa cálculos anteriores al 09 mayo 2016 por ser de reciente creación, la adquisición del sistema contempla todas las actualizaciones fiscales que llegaran a presentarse en 2017 y como un plus a su adquisición se incorporara un módulo para efectos de generar el CFDI correspondiente al pago del ISR o IVA según sea el caso.




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